Recursos y actividades para alumnos EMEM N°1 DE 20
lunes, 28 de mayo de 2012
ETICA
Y MORAL
La
ética proviene del griego “Ethikos” cuyo significado es
“carácter”. Tiene como objeto de estudio la moral y la acción
humana. Su estudio se remonta a los orígenes de la filosofía moral
en la Grecia Antigua. Ahora ¿qué es moral?. La moral es un conjunto
de costumbres, creencias y valores de una persona o grupo social
determinado que ofician de guia para el obrar, vale decir, que
orientan acerca del bien o del mal – o bien, correcto o incorrecto
– de una acción. Cada grupo social o étnico posee su propia
moralidad.
Una
doctrina ética elabora y verifica afirmaciones o juicios morales.
Esta sentencia ética, juicio moral o declaración normativa es una
afirmación que contendrá términos como “malo”, “bueno”,
“correcto”, “incorrecto”, “obligatorio”, “permitido”,
etc., referido a una acción o decisión. Cuando se emplean
sentencias éticas se está valorando moralmente a personas,
situaciones, cosas o acciones. De este modo, se están estableciendo
juicios morales cuando, por ejemplo, se dice: “Ese político es
corrupto”, “Ese hombre es impresentable”, “ Su presencia es
loable”, etc.. La ética estudia la moral y determina qué es lo
bueno y, desde ese punto de vista, cómo se debe actuar. Es decir, es
la teoría o la ciencia del comportamiento moral.
La
convivencia social y las normas
El ser humano aparte de ser un
ser racional es un ser sociable. Debe vivir en sociedad y es propio
de la conducta humana. La convivencia social es imposible si no
existen límites a las libertades individuales. ¿Cómo es posible
poner ciertos límites y evitar que surjan conflictos entre los seres
humanos que viven en una misma sociedad?. Una de las maneras es fijar
reglas que nos indique como es correcto o más conveniente actuar
ante distintas situaciones. A estas reglas o pautas de comportamiento
social las llamamos normas sociales. La norma social es el conjunto
de reglas o pautas conferidas para ajustar las conductas. La norma
social constituye un orden de valores orientativos que sirve para
regular y definir el desarrollo de comportamiento comunes, a los que
otorga cierto grado de legitimidad y consentimiento.
La
aplicabilidad de la norma está asegurada por las expectativas de
sanciones políticas, así como por el miedo o la prevención a las
negativas, lo que es consecuencia del grado de predominio de las
costumbres de cada época y del nivel de interiorización de reglas o
pautas a lo largo del proceso de socialización.
Tipos
de normas:
Como dijimos anterioriormente,
las normas son pautas de comportamiento social. Podemos diferenciar
las normas morales y las jurídicas ( aunque también existe la norma
religiosa, doctrina rectora que impone pautas morales, propia de las
diferentes corrientes teológicas).
Entonces, norma moral, es
un conjunto de principios rectores internos de la conducta humana que
indican cuáles son las sanciones buenas o malas para hacerlas o
evitarlas. La moral solo regula los actos internos, la causa
psicológica que produce la conducta humana, su sanción se da con
“el cargo de conciencia” y la sanción negativa del propio grupo
social.
Las normas jurídicas,
son aquellas disposiciones que el poder público, por medio de sus
órganos legislativos, señala como obligatorias a la obediencia
general y en caso de inobservancia las hace cumplir de acuerdo a los
órganos judiciales. Son reglas de conducta sancionadas por el
Estado, que establece derechos y obligaciones recíprocos. O sea que,
la existencia de normas jurídicas son posteriores a la formación de
un Estado.
Las normas sociales también
pueden ser clasificadas o agrupadas dentro de sistemas normativos
según el grado de la sanción que se aplica al infractor. Con este
sistema obtenemos una clasificación de los comportamientos desviados
según su gravedad:
Normas
penales:
son las recogidas en el código penal, que representa el núcleo
duro de cualquier sistema social. Recoge las normas que tutelan los
bienes fundamentales del grupo social ( la vida, la propiedad, las
instituciones, etc.). el incumplimiento de éstas es un delito, y
convierte al autor en delincuente. Conlleva el tipo de sanción más
grave: la pena.
Normas
jurídicas: son
las normas contenidas en reglamentos u ordenamientos, su violación
es un acto ilícito y conlleva sanciones de tipo pecuniario o
administrativo.
Normas
sociales: es
un amplio grupo de normas socialmente reconocidas, como la moda, la
tradición, los usos y costumbres, etc. Su incumplimiento no implica
una sanción institucionalizada, aunque sí algún tipo de
recriminación o reproche social. En las últimas décadas existe la
tendencia a reconceptualizar estos comportamientos de desviados en
diversos.
Moral
individual: son
las normas autoimpuestas, del tipo no
comeré nunca en un McDonald's. Incumplirlas
tiene escasa relevancia social, pero puede ser calificado como
hipocresía.
En el diagrama podemos observar
cómo los distintos sistemas normativos se agrupan unos dentro de
otros. Esto se hace porque, por ejemplo, aunque no todas las normas
sociales están en el código penal, todas las normas del código
penal son normas sociales. En realidad este modelo es una
simplificación de como se interrelacionan los sistemas normativos,
ya que existen multitud de excepciones: es habitual que alguna de las
normas sociales existentes no sea aceptada por la moral individual de
algunas personas, lo que da lugar a la aparición de las subculturas;
también sucede a menudo que algunas normas del sistema jurídico o
penal no lleguen a integrarse dentro de las normas sociales. Esto
sucede sobretodo en los sistemas no democráticos, aunque también
ocurre en las democracias. Un ejemplo actual es la contradicción de
muchas legislaciones con la aceptación social de las descargas en
internet. Cuando existen fuertes contradicciones entre los sistemas
normativos puede producirse una crisis que los modifique. Por este
motivo autores como Durkheim consideran la desviación como un motor
de cambio social.
Trabajo
Práctico
Lee atentamente el artículo y
subraya los conceptos e ideas más importantes. Busca en el
diccionario las palabras que no conozcas e incorporalos al Glosario
( sección de la carpeta donde incorporarás términos, conceptos y
palabras que desconozcas y que buscarás en diccionario o
investigarás al respecto).
¿Qué funciones cumplen en una
sociedad determinada la ética y la moral?
¿Qué función cumplen en una
sociedad determinada las normas? ¿Para vos, qué ocurriría si no
existieran normas sociales?
Explica con tus palabras las
siguientes frases.¿Estás de acuerdo con ellas? Fundamenta
Cuando
algo es moralmente correcto hay que defenderlo sin preocuparse de las
consecuencias políticas o personales que vamos a pagar. Günter
Grass
Moral
y luces son nuestras primeras necesidades. Simón
Bolívar
El
genio es excelente por su moral, o no es genio. José
Ingenieros
La
felicidad y deber moral están inseparablemente conectados. George
Washington
5) Lee el relato y explica qué
tipo de enseñanza quiere darle el padre al hijo.
El
Eco Un
niño y su padre están caminando en las montañas, de repente, el
hijo se cae, se lastima y grita, "Ay!" Para su sorpresa
oye una voz repitiendo en algún lugar de la montaña "Ay!". Con
curiosidad el niño grita "¿quién está ahí?" recibe
como respuesta "¿quién está ahí?". Enojado por la
respuesta el niño grita "Cobarde!" y recibe como respuesta
"Cobarde!". El niño mira a su padre y le pregunta, "que
sucede?". El padre sonriendo le dice: "Hijo mío,
presta atención", y grita a la montaña "te admiro!"
y la voz le responde "te admiro!", de nuevo el hombre grita
"eres un campeón" y la voz le responde "eres un
campeón". El niño esta asombrado pero no entiende, el padre
le explica: "La gente lo llama eco, pero en realidad es la
vida, te devuelve todo lo que dices y haces. Nuestra vida es
solamente un reflejo de nuestras acciones; si deseas más amor en el
mundo, crea más amor a tu alrededor; si deseas felicidad, da
felicidad a los que te rodean; si quieres una sonrisa en el alma, da
una sonrisa al alma de los que conoces. Esta relación se aplica a
todos los aspectos de la vida, la vida te dará de regreso
exactamente aquello que tu le has dado. Tu vida no es una
coincidencia, es un reflejo de ti.
Alguien dijo: Si no te
gusta lo que recibes de vuelta, revisa muy bien lo que estas dando."
Trabajamos con el libro: HISTORIA 1 ° AÑO. Pueblos Culturas y Civilizaciones desde los primeros hombres hasta fines del siglo XV. Héctor Recalde. Ediciones del Aula Taller, Buenos Aires, 2004.
¡Lo encuentras en la Biblioteca de la Escuela!!
CUESTIONARIO / Guía de Lectura. Pág. 33 a 38
FECHA DE ENTREGA: Jueves 17 de Mayo de 2012 ( con nota de evaluación!)
Armemos un GLOSARIO. Selecciona una parte en tu carpeta ( preferentemente al final, donde escribirás los significados de términos, conceptos y palabras que desconozcas. En los Cuestionarios futuros, señalaremos con (G) los términos que tendrás que agregar al Glosario. También agregarás los resultados de la búsqueda en diccionario de las palabras que no conocías.
¿A qué se llamó "Primera Revolución Prehistórica"?
¿Qué consecuencias tuvo la producción de alimentos? Arma un punteo explicando brevemente cada una.
Qué significa "división del trabajo" pág.37 Resume e incorpora al (G) ¿y "estratificación social"(G)?
Investiga qué significa "domesticación de animales" (G). ¿Qué ventajas conlleva esta acción?
¿Cuál es la importancia de los Cereales?
Arma un cuadro con otras actividades económicas
¿Qué función cumplian los templos en las grandes civilizaciones?¿Cómo se transmitían los conocimientos en el Neolítico?
Enumera las fuentes de energía y para qué las empleaban.
¿Porqué te parece que la Rueda, es un "invento extraordinario"?
Investiga a qué se llamó "Medialuna Fértil". ¿Cuál es la importancia de los ríos?
¿Qué entendemos por Derechos Humanos?. Características
La sociedad contemporánea reconoce que todo ser humano, por el hecho de serlo, goza de derechos que el Estado tiene la obligación de respetar y garantizar. Por eso, cuando hablamos de "violación de los Derechos Humanos", hacemos referencia a que el Estado no garantiza ni respeta esos derechos.
Cuando hablamos de violaciones de los Derechos Humanos, nos referimos a acciones u omisiones del Estado que vulneran los derechos esenciales de la persona que el mismo Estado se comprometió a respetar, a través de la Constitución y / o la adhesión a declaraciones, pactos y tratados de Derechos Humanos.
Los Derechos Humanos se caracterizan y diferencian de otros derechos porque sonuniversales : pertenecen a todas las personas sin excepción alguna. Esta característica se deriva del principio de igualdad de todos los seres humanos.
No importa la nacionalidad, el origen étnico, la lengua que se hable, la religión, la situación económica, la elección sexual de las personas: todas tienen los mismos derechos. A diferencia de otros derechos ( como el derecho civil), los Derechos Humanos son supraestatales, esto quiere decir que su vigencia trasciende las fronteras de los Estados. Por ello, los Estados no pueden ampararse en la soberanía nacional para no cumplir con las normas que los obligan a respetar y garantizar los Derechos Humanos.
Los Derechos Humanos están destinados a proteger a las personas durante toda su vida. No se pierden con el paso del tiempo o el cambio de lugar de residencia o el cambio de estado civil. Ni ellos, ni la posibilidad de denunciar su violación: son imprescriptibles.
El derecho internacional de los Derechos Humanos y la legislación interna de nuestro país tienen como fin proteger a la persona durante toda su vida, garantizándole el acceso a tales derechos.
Asimismo, todos los Derechos Humanos tienen la misma importancia. Son interdependientes y complementarios: constituyen principios considerados fundamentales para la existencia y el desarrollo de la humanidad, por lo que todas las personas deben demandar para sí y para los demás su vigencia efectiva. No se puede respetar unos derechos y violar otros sin afectar el concepto mismo de Derechos Humanos. Todos son importantes, ya que se establecieron teniendo en cuenta la dignidad de la persona en todos sus aspectos. Es tan valioso gozar de libertad como gozar de salud, poder profesar libremente la religión como poder alimentarse. Habitualmente solemos escuchar o decir que el derecho a la vida es el más importante. Sin embargo, de acuerdo con nuestras creencias religiosas o la cultura en que vivamos, esta valoración puede ser distinta y pueden presentarse conflictos que hay que resolver.
Los derechos también son inviolables ; por eso, el Estado debe respetarlos y garantizarlos tomando todas las medidas necesarias para evitar posibles violaciones y sancionando a los culpables cuando la violación no puede ser evitada. No existen circunstancias que justifiquen la violación de los Derechos Humanos. Incluso en circunstancias excepcionales, como cuando hay una guerra, los Estados no deberían violar los derechos fundamentales de la población civil, protegida especialmente por el derecho internacional humanitario, ni tampoco los derechos de los combatientes, que también gozan de una protección especial.
Consecuentemente, el Estado tiene la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los Derechos Humanos. El solo reconocimiento de los derechos es un importante avance, pero esta obligación no se termina con la existencia de un orden normativo, constituciones, leyes y tratados. Sucede en muchos países que, si bien los Derechos Humanos están reconocidos, el Estado omite realizar acciones concretas para protegerlos. Inclusive, en determinados casos, puede llegar a violarlos sistemáticamente o estimular las violaciones en otros países.
Para hacer posible que los Derechos Humanos sean efectivos, se requiere una conducta gubernamental que asegure la existencia, en la realidad, de una eficaz garantía de su libre y pleno ejercicio. Para ello, el Estado debe cumplir con el deber jurídico de:
Prevenir las violaciones a los Derechos Humanos
Investigar seriamente, con todos los medios a su alcance, las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción
Sancionar a los responsables, y
asegurar a la víctima una adecuada reparación.
El deber de prevención impone al Estado adoptar todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los Derechos Humanos y que aseguren la sanción de eventuales violaciones. En este sentido, es importante que se desarrollen acciones de promoción y difusión de los Derechos Humanos, para que las personas puedan tener una información adecuada sobre sus derechos y sobre los mecanismos disponibles para ejercerlos.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con diversas leyes tendientes a proteger y garantizar los Derechos Humanos.
El deber de investigar es una obligación que los Estados tiene que asumir como propia, más allá de las gestiones que puedan realizar los particulares, para buscar la verdad sobre los hechos que constituyen violaciones a los Derechos Humanos.
Una vez investigada y probada la violación, es esencial que se sancione a los responsables y, para ello, deben existir leyes adecuadas y jueces independientes para aplicarlas.
El deber de reparar comprende diferentes formas de reparación. No sólo puede abarcara una compensación económica por los daños sufridos, sino que puede incluir otras medidas, como la restitución a la víctima de su libertad, de su vida familiar, trabajo o propiedad, la difusión pública de la verdad de lo ocurrido, la conmemoración y el homenaje a las víctimas, la adecuación de la legislación de los Estados para que sea compatible con las disposiciones de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, y toda otra medida susceptible de reparar la violación cometida.
La tarea deproteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos.
El Estado debe establecer limites a las actuaciones de todos los funcionarios públicos, sin importar su nivel jerárquico o la institución gubernamental a la que pertenezcan ( federal, provincial, municipal), siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función. Así, el Estado está sujeto a un marco de legalidad que limita su actividad y le impide menoscabar legítimamente ciertos atributos inviolables de las personas.
Los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, determinan que las obligaciones que los estados asumen son obligaciones directas hacia los individuos y tienen por objeto el bien común.
Asimismo, para hacer efectivos los Derechos Humanos, se requiere que los Estados cuenten con instancias de supervisión, tutela y promoción. En cada país, frente a una violación de los Derechos Humanos, las personas deben tener garantizado el acceso a la justicia para que cese la violación o para que se reparen sus consecuencias.
En la Constitución Nacional, además de establecerse la forma de gobierno, la estructura de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, y las relaciones entre el gobierno nacional o central y los gobiernos provinciales, se establecen los derechos y las garantías de las personas que se completan con los tratados de Derechos Humanos con jerarquía constitucional incluidos en el artículo 75, inciso 22.
Por el carácter federal de nuestra organización política, cada provincia y territorio autónomo tiene su propia constitución, que está supeditada en orden jerárquico a la Constitución Nacional. Ésta y los tratados de Derechos Humanos contenidos en el artículo mencionado tienen igual jerarquía y constituyen la ley suprema de la Nación. En la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires también existe una sección ( Libro primero, Título primero y Título segundo, capítulos I al XV ) dedicada a establecer cuáles son los derechos de las personas y cómo están protegidos.
De acuerdo con el derecho internacional de los Derechos Humanos, los Estados deben prever la existencia en sus legislaciones de mecanismos legales adecuados y efectivos para la protección de esos Derechos. En nuestro país, el amparo, individual y colectivo, y el habeas corpus son los mecanismos legales pensados para la protección de los Derechos Humanos y así está dispuesto también en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: Educación Cívica. Derechos Humanos y terrorismo de Estado en la Argentina. Apuntes para la Enseñanza. Nivel Medio. 1 ° Ed. Buenos Aires; Ministerio de Educación. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, 2008
Actividad práctica
Lee el artículo y marca las ideas clave.
Busca en el Diccionario, las palabras que desconozcas . Organiza una sección en tu carpeta denominada GLOSARIO, donde pondrás la definición de conceptos y el significado de palabras que desconozcas.
Organiza un cuadro con las características de los Derechos Humanos. Haz una breve descripción de cada una .
¿Qué debe hacer el Estado para garantizar un ejercicio libre y pleno de los Derechos Humanos?
Investiga qué significa Habeas Corpus. ¿Quién puede solicitarlo y en qué circunstancias?
Busca y copia en tu carpeta el art. 75, inciso 22 de la Constitución Nacional.. ¿Qué significa que lo tratados tienen vigencia constitucional?
No
siempre se habló de derechos humanos (es un término de uso
reciente), pero si entendemos los derechos humanos como todos
aquellos que nos permiten disfrutar plenamente de nuestra condición
de seres humanos, de nuestra dignidad, sabremos que la conquista de
los derechos humanos fue siempre un norte en la historia de la
humanidad.
Es
indudable que la humanidad avanzó considerablemente en el respeto a
los derechos humanos, aun cuando todavía falta mucho camino por
recorrer. Sin embargo, no podemos negar que hoy en día, gracias a
las luchas que en diversos momentos y circunstancias han llevado
adelante los pueblos, se logró un mayor respeto por la vida humana
en su sentido más amplio.
a)
La conquista de derechos en el mundo
Efectivamente,
si nos remontamos a períodos como la Edad Antigua o la Edad Media,
encontramos que en sistemas como el feudalismo, en el cual los
privilegios se concentraban en los señores feudales, se favoreció
el surgimiento de una gran masa de campesinos desprovista de
derechos. También se aplicaron prácticas violatorias de los
derechos humanos, como la inquisición, mediante la cual se perseguía
y castigaba a quienes se apartaran de la fe católica.
El
anhelo por lograr un mayor respeto por la dignidad humana tuvo un
hito en 1215. En esa fecha se promulga la Carta Magna
en Inglaterra. Esta reconocía el derecho a la libertad individual
frente al poder feudal.
Las
luchas contra los absolutismos (el poder concentrado en una sola
persona) y en especial contra las monarquías, dieron un fuerte
impulso al reconocimiento de algunos derechos, especialmente aquellos
que regulaban la relación del Estado con sus ciudadanos.
En
la llamada Edad Moderna se comienza a otorgar importancia al
individuo como ciudadano y a la necesidad de que el poder de las
instituciones sea regulado. En 1628 se promulga la Petición
de Derechos en Inglaterra. Constituye el primer intento de
regular el poder del Rey, y lo obliga a someter a consulta algunas de
sus decisiones. Si bien no se logró un inmediato respeto a lo
establecido en este documento, sí se produjeron, en cambio, diversas
situaciones de presión que obligaban a la monarquía a reconocer
algunos derechos, como la libertad religiosa. Posteriormente,
condujeron a la promulgación de la Declaración
de
Derechos (Bill of Rights) en 1689.
El
fin de la monarquía da paso a los Estados Modernos, en cuyas
instituciones se plasman un conjunto de derechos fundamentales, tales
como la vida, la libertad, la igualdad. La Declaración de
Virginia (Estados Unidos, 1776) y la Declaración de los
derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia, 1789) fueron los
antecedentes más importantes para el reconocimiento de derechos que
fueron incluidos posteriormente en las
constituciones
de ambos países.
En
la primera, Estados Unidos proclama su independencia de
Inglaterra y establece el derecho de los pueblos a la insurrección
frente al sometimiento de gobiernos ajenos. Reconoce derechos como
la vida, la libertad, la búsqueda de la felicidad y la igualdad
política. En la segunda, en el marco de la Revolución
Francesa, se
buscaba
garantizar que la nueva constitución incluyera el reconocimiento de
derechos tales como la libertad, la igualdad, la seguridad y la
resistencia contra la opresión. Ambas declaraciones ejercieron una
influencia importante en otros países del mundo, especialmente en
América Latina, donde comenzaban los procesos de independencia.
Estos hechos establecieron un modelo de ejercicio de gobierno basado
en la separación de
poderes,
la participación política de los ciudadanos, el sufragio universal
y la autodeterminación de los pueblos.
b)
La lucha por los derechos sociales
Estos
movimientos por la conquista de derechos civiles y políticos no
ocurrieron de forma separada al reconocimiento de otros derechos.
A finales del siglo XIX, la llamada Revolución Industrial se
había convertido en un suceso que, lejos de dignificar al ser humano
y beneficiar su desempeño como trabajador, profundizó las
diferencias y acentuó los privilegios. El descubrimiento e invención
de nuevas tecnologías que aumentaban la productividad significó
mayor opresión. Los trabajadores cumplían jornadas laborales que
sobrepasaban las dieciséis horas diarias; la explotación de la mano
de obra femenina e infantil se evidenciaba en una menor remuneración
y en la ejecución de trabajos peligrosos y dañinos para ambos.
Todo
ello develó la necesidad de proteger y regular los derechos de los
trabajadores.
Se
comienzan a producir luchas que involucran a un número importante de
trabajadores, luchas dirigidas a lograr condiciones de trabajo
dignas, como el establecimiento de la jornada laboral de ocho horas,
la sindicalización, la protección al trabajo infantil, la igualdad
en el trabajo de las mujeres, entre otras, y que tuvieron su máxima
expresión en la jornada del 1° de mayo de 1887, en Chicago.
Dichas acciones, lamentablemente, costaron la vida de varios
dirigentes laborales, pero lograron consolidar la jornada laboral de
ocho horas, conquista asentada hoy en las legislaciones internas de
numerosos países y en diversos instrumentos internacionales.
También,
ya para finales del siglo XIX y principios del XX, algunos
países habían alcanzado logros como la educación pública y
gratuita o la atención generalizada en salud.
A
principios del siglo XX se produjeron movimientos sociales que
alcanzaron la dimensión de revoluciones con fuerte contenido de
defensa de derechos sociales como la Revolución Rusa (1917) y
la Revolución Mexicana (1910). Ambas proclamaban el logro de
la justicia social como principal objetivo, lo cual significó un
mayor impulso al reconocimiento de derechos como el trabajo, la
salud, la educación y la tierra, entre otros.
La
lucha contra la discriminación racial o apartheid (1948-1994)también produjo importantes movimientos sociales. A pesar de que la
esclavitud fue abolida en todo el mundo durante el siglo XIX,
continuaban ocurriendo, de manera impune, prácticas
discriminatorias por razones raciales. En países como Estados Unidos
y Sudáfrica, por citar sólo dos, la exclusión de la población
negra era muy grave. Los procesos por conquistar la igualdad costaron
muchas vidas y muchos años de movilización social. Aun cuando
todavía persisten formas de discriminación racial, ésta se
encuentra expresamente prohibida en numerosos instrumentos
internacionales y constituciones nacionales, a los cuales puede
apelarse para exigir su reparación.
Las
mujeres también fueron protagonistas de la lucha por sus derechos.
La conquista del derecho al voto de las mujeres se hizo
realidad en la mayoría de los países del mundo a lo largo del siglo
XX. También surgen los movimientos por la liberación femenina, los
cuales buscan eliminar la discriminación hacia las mujeres en todos
los planos y conquistar espacios de participación pública, así
como protegerlas de la violencia
ejercida
por sus parejas.
c)
El papel de la comunidad internacional en la protección de los
Derechos Humanos
El
siglo XX traería un par de terribles sucesos con consecuencias muy
negativas para la vigencia de los derechos humanos: dos guerras
mundiales cuya magnitud obligó a la comunidad de naciones a
organizarse y tomar medidas con miras a impedir la repetición
deconflictos similares.
Al
finalizar la Primera Guerra Mundial (1918), y en el contexto de las
negociaciones de paz, se creó una comisión de Legislación
Internacional del Trabajo conformada por representantes de gobiernos,
sindicalistas y académicos. Producto de esta comisión se creó la
Organización Internacional del Trabajo (OIT),
constituyéndoseformalmente en 1919. Fue una de las pocas
instituciones del Tratado de Paz de Versalles
que
sobrevivió a la Segunda Guerra Mundial (1939-1945).
Durante
el desarrollo de ambos conflictos bélicos, la humanidad fue testigo
dehechos lamentables como el exterminio masivo de personas, la
aparición de campos de concentración, la aplicación de torturas y
tratos degradantes, la utilización de armas de alta destrucción,
por citar sólo algunos. Al finalizar la Primera GuerraMundial también se creó la Sociedad de Naciones,
organización que no logró preservar la paz y que, en 1945, luego de
la Segunda Guerra Mundial, se transformaría en la
Organización de Naciones Unidas (ONU). En su texto
constitutivo, la ONU establece como uno de sus objetivos principales
“el respeto por los derechos humanos y las libertades
fundamentales”. El 10 de diciembre de 1948 consagra el
reconocimiento de un conjunto de derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales. La Declaración es aceptada por
la mayoría de las naciones. Ese día se conoce como el Día Internacional de los Derechos Humanos.
Posteriormente
se elaboran los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y
Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los
cuales establecen compromisos obligantes hacia la protección de
estos derechos por parte de los Estados que los suscriben.
El
logro más importante de esta iniciativa de la comunidad
internacional es la creación y aceptación, por parte de la mayoría
de las naciones, de mecanismos que permiten supervisar la acción de
los diferentes Estados, sin que ello se considere una “intromisión
en asuntos internos”. Aunque todavía estas instancias no han
alcanzado el nivel de funcionamiento esperado y se encuentran
sometidas, en muchas oportunidades, a
presiones
políticas, son innegables los avances en la protección de los
derechos humanos, como lo demuestra el reciente precedente creado en
el caso Pinochet, al ratificarse que los crímenes de lesa humanidad
no tienen fronteras y pueden ser juzgados en cualquier jurisdicción.
La
comunidad internacional también se organizó para la protección de
los derechos económicos, sociales y culturales, promulgando
diferentes instrumentos y creando instancias en el Sistema de
Naciones Unidas, tales como UNICEF, UNESCO, OIT, OMS,FAO,
entre otros, destinados a vigilar el comportamiento de estos
derechos.
ALGUNOS
INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS PROMULGADOS A
TRAVÉS DE LA HISTORIA
1215
Carta Magna: Libertad individual, derecho al consentimiento de los
impuestos y derecho de las ciudades.
1628
Petición de Derechos: Limitar el poder del Rey a través de la
consulta a instancias parlamentarias.
1689
Declaración de Derechos:
Libertad religiosa, libertad de prensa, limitar el poder del Rey.
1776
Declaración de Virginia: Vida,
libertad, búsqueda de la felicidad, igualdad política, insurrección
frente a la tiranía.
1789
Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano : Libertad individual, de pensamiento, de
prensa y de credo; igualdad, seguridad y resistencia a la opresión.
1917
Constitución Federal de los
Estados Unidos de México :Autodeterminación de los pueblos,
derechos
laborales,
igualdad, derecho a la tierra, libertad de culto, enseñanza laica y
gratuita, jornada de trabajo
de
ocho horas y asociación de los trabajadores.
1918
Declaración de los Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado
(incorporada a la Constitución de la República Soviética
Federativa Socialista Rusa) :Igualdad, derechos laborales,
autodeterminación de
los
pueblos, derechos sociales.
1919
Constitución de la Organización Internacional del Trabajo Derecho
al trabajo, igualdad, libertad sindical, negociación colectiva.
1919
Constitución de Weimar - Alemania : Libertad de enseñanza,
enseñanza obligatoria y pública, educación para la reconciliación
entre los pueblos, derechos laborales.
1931
Constitución de la República Española : Enseñanza primaria
gratuita y obligatoria, libertad de cátedra, enseñanza laica
inspirada en ideales de solidaridad humana, enseñanza religiosa
sujeta a inspección del Estado, libertad de conciencia y de Culto,
justicia, libertad de expresión.
1937
Constitución de Irlanda : Libertad de expresión, educación
gratuita y no religiosa, libertad de conciencia, justicia.
1948
Declaración Universal de los Derechos Humanos
:Vida, libertad, igualdad, seguridad, integridad,
participación
política, seguridad social, educación, salud, trabajo, recreación,
protección a la familia.
1948
Declaración americana de los derechos y
deberes del hombre: Igualdad, vida, culto, expresión, familia,
infancia, cultura, trabajo, descanso, seguridad social, justicia,
nacionalidad, sufragio, propiedad, petición, asilo.
1966
Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales :Salud, educación, trabajo, vivienda,
alimentación, seguridad social.
1966
Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos :Vida, integridad, libertad, seguridad, voto,
participación
política, justicia.
1969
Convención Internacional sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación racial :
Derecho
a la igualdad en todos los planos sin distingos de raza.
1969
Convención Americana de los derechos del
hombre o Pacto de San José : Derechos civiles y políticos.
Progresividad de los derechos económicos, sociales y culturales.
1976
Declaración Universal de los Derechos Autodeterminación de los
pueblos o Derecho de Argel: derecho al desarrollo y a
la paz, defensa de la soberanía.
1983
Convención sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer :Derecho a la igualdad
en todos los planos sin distingos de género.
1987
Convención contra la tortura y otros tratos
o penas crueles, inhumanos o degradante:Vida, integridad personal,
justicia.
1989
Convención Internacional de los Derechos
del Niño :Supervivencia, desarrollo, protección y participación de
niños, niñas y adolescentes
1989
Convenio
169 de la OIT: Derechos de los
pueblos indígenas, trabajo, autodeterminación de los pueblos,
derecho a la cultura, participación, tierra, ambiente sano.
1994
Convención Interamericana contra la desaparición
forzada : Vida, justicia.
LOS
DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA
Antes
de la llegada de los europeos, la población indígena de América
Latina se estimaba en 80 millones de personas, aproximadamente. Las
comunidades indígenas habían alcanzado niveles de desarrollo
particulares. Grandes culturas como los incas, aztecas y mayas
habían adquirido dimensiones de imperios abarcando enormes
territorios y desarrollando
relaciones de poder hacia otros pueblos.
El año 1492
marca un hito fundamental en la historia de estos pueblos autóctonos.
El proceso de sustitución de
una cultura y de una sociedad por otra no pudo ser menos violento.
Se estima que sólo el 15% de la población nativa de América Latina
sobrevivió a los embates de los europeos, ocurridos no sólo por el
uso indiscriminado de la fuerza, sino también por la introducción,
en el continente, de enfermedades y epidemias desconocidas que
diezmaron rápidamente a la población nativa. La Iglesia Católica
liderizó, junto con las coronas española y portuguesa, el proceso
de conquista. Impulsó la visión del indígena como ser inferior,
sin alma y sin razón; además de organizar el sistema educativo en
la colonia y ser poseedora de grandes porciones de tierras y bienes.
La llegada de esclavos negros como mano de obra en sustitución de la
diezmada población indígena fue una práctica de irrespeto a la
dignidad de las personas. Igualmente, procesos como la inquisición y
el feudalismo no fueron ajenos a América Latina. En el nombre de
Dios se torturaba y mataba, y en el nombre de la monarquía se
despojaba a los pobladores de sus tierras, propiedades y hasta de
su autonomía. El respeto a la dignidad humana para todos y todas
era una utopía en la América Latina de ese tiempo.
Pero
los hombres y las mujeres de esa época comenzaron a organizarse para
defender sus derechos y dignidad. Con inspiración en los procesos de
independencia de Estados Unidos y en la rebelión francesa contra la
monarquía, en América Latina comienzan a gestarse movimientos
independentistas, los cuales buscan, en lo inmediato, lograr su
autonomía de las potencias europeas, pero también establecer el
reconocimiento de derechos como la libertad individual y la igualdad.
Hacia 1825, la mayoría de los países
de
la región habían logrado su independencia de España y Portugal,
e iniciaban el camino republicano. Este período, sin embargo,
tampoco se distinguió por el respeto a los derechos fundamentales de
las personas. Las dificultades económicas resultantes y la aparición
de los caudillos produjeron, en la mayoría de los países, un
sinnúmero de guerras internas, con su carga de muertes y maltrato
hacia la población civil.
Al
mismo tiempo, la Revolución Industrial se extendía hacia América
Latina, afectando seriamente los derechos laborales de hombres,
mujeres y niños cuyas jornadas de trabajo abarcaban largas horas. El
poder económico de Estados Unidos y de las potencias europeas
comenzó a sentirse en el Continente con la aparición de grandes
compañías de explotación y procesamiento de materias primas que
empleaba mano de obra de la región contratada a un costo
insignificante y sin ningún tipo de seguridad. El latifundio comenzó
a
extenderse
y la población campesina e indígena fue expropiada de las tierras
que habían trabajado por años.
A
principios de siglo, la Revolución mexicana (1911) marcó un
acontecimiento importante en la conquista del derecho a la tierra y
de otros derechos sociales. Grandes contingentes de campesinos
mexicanos iniciaron acciones violentas para exigir la devolución de
sus tierras, proceso que culminó con la promulgación de la
Constitución de 1917, la cual, entre otros logros, formuló
un código laboral, expropió a las órdenes religiosas, restituyó
las tierras a las comunidades indígenas y prohibió la reelección
presidencial.
En
el resto del continente, en tanto se consolidaba la clase trabajadora
(mineros, obreros petroleros, obreros de las bananeras, entre
otros), se daban luchas por alcanzar reivindicaciones laborales como
la jornada de ocho horas, la sindicalización y las mejoras
salariales.
En
el plano de los derechos civiles y políticos se lograron
conquistas como el derecho al voto (tanto para hombres como para
mujeres), el derecho a ser elegido y la abolición de la pena de
muerte, entre otros.
El
siglo XX significó también importantes avances en el acceso de
la población a mayores niveles de salud y educación. Sin embargo,
las brechas sociales existentes en la mayoría de los países
continuaron siendo muy notorias. La conflictividad social se acentuó
al aumentar las demandas de la población por mejores condiciones de
vida. Se radicalizaron los procesos y, con el fin de controlarlos, se
instauraron dictaduras militares en casi todos los países de la
región. En Centroamérica los procesos de lucha armada buscaban, por
un lado, establecer gobiernos más democráticos, y por otro,
alcanzar un reparto más equitativo de los bienes.
Los
derechos civiles y políticos se vieron seriamente vulnerados
en toda la región, contándose por miles los muertos, torturados y
desaparecidos bajo estos regímenes. Surgen entonces agrupaciones de
familiares de estas víctimas que buscan justicia y castigo para los
culpables. Las organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos
humanos comienzan a crecer y fortalecerse, hasta constituir una
importante referencia para la defensa y promoción de estos derechos
en todo el continente.
Con
los años, las dictaduras cedieron el paso nuevamente a los gobiernos
democráticos, los cuales, sin embargo, no erradicaron las prácticas
represivas. Por otra parte, las nuevas corrientes económicas se
constituyeron en una seria amenaza para la vigencia de los derechos a
la salud, a la educación, al trabajo y la vivienda, al impulsar
tendencias privatizadoras y mercantilistas sobre estos derecho.
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